Medidas Por Covid 19


Cumpliendo el reciente decreto expedido por la alcaldía de Maicao, INVERSIONES OSVIEL adopta y acoge las diferentes disposiciones sanitarias para el cuidado y prevención frente al Covid-19. 

En cumplimiento del DECRETO 125 Del 18 De Mayo 2021 solicitamos a la ciudadanía para que adopte las siguientes medidas, en procura de prevenir el contagio del Coronavirus (COVID-19): 

Artículo Primero: se decreta toque de queda y ley seca y se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus covid – 19, y el mantenimiento del orden público se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura en el Municipio de Maicao la guajira desde el 19 de mayo del 2021 hasta el 01 de junio del 2021, tanto en el área rural como la urbana.

Parágrafo 1: el toque de queda y ley seca rigen cada semana en el horario de lunes a jueves desde la 10:00 pm hasta las 05:00 am del día siguiente y los días viernes desde las 10:00 pm hasta el día lunes a las 05:00am del día 01 de junio de 2021.

Parágrafo 2: se establece el uso obligatorio de tapabocas y el cumplimiento de todos los protocolos de bioseguridad a todas las personas que esten por fuera de su residencia en el municipio de maicao y sus corregimientos

Artículo Segundo: Aislamiento selectivo el Municipio de Maicao por comportamiento desfavorable del Coronavirus COVID -19 . Las instrucciones y ordenes que emita el alcalde municipal en materia de orden publico, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, deben ser previamente justificados y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad. E[ alcalde del municipio con baja afectación del Coronavirus COVID – 19 o con ocupación de Unidades de cuidados intensivos -UCI- igual o inferior al 50% podrá realizar aislamiento selectivo de hogares con.personas con casos positivos en estudio, o con sintomatología.

Artículo Tercero:  El alcalde de Maicao debido a la variación negativa en el comportamiento de la pandemia del CORONAVIRUS dispone que Las-actividcides··comerciales permitidas se podrá realizar de lunes a viernes en el horario de 05:00 AMA 10:00 PM y se regirán por la siguiente tabla de pico y cedula para atención al público:

DIAPAR-IMPARULTIMO DIGITO DE LACEDULA
LUNESPAR0-1-2-3-4
MARTESIMPAR5-6-7-8-9
MIERCOLESPAR0-1-2-3-4
JUEVESIMPAR5-6-7-8-9
VIERNESPAR0-1-2-3-4
SABADOTOQUE DE QUEDA YLEY SECA5-6-7-8-9
DOMINGOTOQUE DE QUEDA YLEY SECAQUEDATE EN CASA

Artículo Quinto : Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19. Se ordena a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales el estricto cumplimiento de las responsabilidades asignadas en los articulos 20 y 21 del decreto 109 del 29 de enero de 2021 «Por medio del cual se adopta el Plan Naclonal de Vacunación contra el COVID-19 y se dlctan otras disposiciones».

Artículo Sexto : Actividades no permitidas. En ningun caso se podran habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

1. Eventos de caracter publico o privado que impliquen aglomeracibn de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

2.Discotecas y lugares de baile.

3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios publicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes ni el consumo en restaurantes, como tampoco su comercializacion a través de plataformas digitales o entregas a domicilios.

Artículo Séptimo : Cumplimiento de protocolos para el desarrollo de actividades. Toda actividad deberá estar sujeta al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Así mismo deberán atenderse las instrucciones que para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19 adopten o expidanlos diferentes Ministerios y entidades del orden Nacional.

Articulo Octavo: Medidas para el Comportamiento Ciudadano. El Ministerio de Salud y Protección Social adoptará el protocolo de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas.

Auto cuidado personal, cada persona deberá realizar las siguientes acciones: 

1.  Cada tres (3) horas lavarse las manos con abundante jabón, alcohol o gel antiséptico.

2.  Tomar agua (hidratarse).

3.  Taparse nariz y boca con el antebrazo (no con la mano) al estornudar o toser.

4.  Evitar contacto directo, no saludar de beso o de mano, no dar abrazos.

5.  Evitar asistir a eventos masivos o de cualquier tipo que no sean indispensables.

6.  En caso de gripe usar tapabocas y quedarse en casa.

7. Llamar a la línea de atención CORONAVIRUS (COVID 19) en caso de presentar síntomas de alarma (síntomas salud): 

-CRUE-SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL DE LA GUAJIRA: 3183400883-3213945330

-SECRETARÍA DE SALUD MUNICIPAL DE MAICAO LA GUAJIRA: 7263815 -3016480917 -3042096690; 

-MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL: 018000955590.

8. El sistema de salud priorizará la atención domiciliaria de estas emergencias.

9. Cuidar especialmente a los adultos mayores de 70 años, verificar su estado de salud diario, si presentan algún síntoma de alarma (gripe, dificultad respiratoria, fiebre, decaimiento).

INVERSIONES OSVIEL cuida a sus clientes y a sus empleados por medio de diferentes estrategias para la prevención y cuidado. 

Recuerda que nuestros horarios de atención son de acuerdo a el pico y cédula decretado por la Alcaldía de Maicao en el cual se establece de la siguiente manera:

Lunes : 0,2,4,6,8

Martes : 1,3,5,7,9 

Miércoles : 0,2,4,6,8

Jueves : 1,3,5,7,9 

Viernes : 0,2,4,6,8

Nuestros horarios de atención Lunes a Viernes 

8:00 am – 11:30 am

2:00 pm – 5:00 pm

Recuerda utilizar nuestros canales digitales y redes sociales

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