Conoce los requisitos necesarios para el estudio, aprobación y realización del acuerdo operativo de libranzas o descuentos directos y/o la gestión de créditos inter empresariales.
Las ENTIDADES PAGADORAS interesadas en establecer acuerdo operativo para la realización de descuentos por Libranzas o descuentos directos, amparadas por la Ley 1527 del 27 de Abril de 2012, la Ley 1902 del 22 de Junio de 2018 y demás normas reglamentarias, y/o para la gestión de créditos inter empresariales, deberán presentar a través de su Representante Legal la siguiente documentación:
Para Sociedades Comerciales
- Copia del certificado de existencia y representación legal inferior a 15 días de expedido o documento que acredite legalmente la constitución de la empresa.
- Copia de los estatutos de la empresa.
- Registro Único Tributario (RUT) completo, original y actualizado de la empresa.
- Copia legible al 150% del documento de identidad del representante legal.
- Registro Único Tributario (RUT) completo, original y actualizado del representante legal.
- Copia legible del documento de identidad de la persona encargada del departamento de nómina.
- Copia completa de la última nómina de empleados.
- Estados financiero básicos dictaminados y certificados (balance general y estado de resultados), acompañado de sus notas explicativas del último año gravable.
- Declaración de renta del último año gravable.
- Certificado expedido por la empresa en el que conste el cumplimiento de las políticas SARLAFT.
- Certificado expedido y firmado por todos los miembros de la junta directiva o asamblea de accionistas, donde autorizan al representante legal a:
- Firmar el acuerdo operativo por libranza o descuentos directos,
- Aprobar las solicitudes de crédito por Libranza de sus empleados y
- Gestionar créditos inter empresariales.
Union Temporal o Consorcio
- Copia del documento que acredite legalmente su constitución.
- Copia de los estatutos de la unión temporal o consorcio.
- Registro Único Tributario (RUT) completo, original y actualizado de la unión temporal o consorcio.
- Copia legible al 150% del documento de identidad del representante legal de la unión temporal o consorcio.
- Registro Único Tributario (RUT) completo, original y del representante legal de la unión temporal o consorcio.
- Copia legible del documento de identidad de la persona encargada del departamento de nómina.
- Copia completa de la última nómina de empleados.
- Estados financiero básicos dictaminados y certificados (balance general y estado de resultados), acompañado de sus notas explicativas del último año gravable de la unión temporal o consorcio.
- Certificado expedido por la unión temporal o consorcio en el que conste el cumplimiento de las políticas SARLAFT.
- Copia legible de todos los contratos vigentes celebrados con los entes privados y/o públicos.
- Copia legible de los certificados de disponibilidad presupuestal de cada contrato celebrado con los entes públicos.
- Copia legible de los registros presupuestales de cada contrato celebrado con los entes públicos.
- Copia legible de las actas de inicio de los contratos celebrados con los entes privados y/o públicos.
- Copia legible de las pólizas de cumplimento de cada contrato celebrado con los entes privados y/o públicos.
Además, cada integrante de la unión temporal o consorcio debe acreditar:
- Copia de los certificados de existencia y representación legal inferior a 15 días de expedido o documento que acredite legalmente la constitución, de cada una de las personas o empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio.
- Copia de los estatutos de cada una de las empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio.
- Registro Único Tributario (RUT) completo, original y actualizado de cada una de las personas o empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio.
- Copia legible al 150% del documento de identidad de cada uno de los representantes legales de las empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio.
- Registro Único Tributario (RUT) completo, original y actualizado de cada uno de los representantes legales de las empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio.
- Estados financiero básicos dictaminados y certificados (balance general y estado de resultados), acompañado de sus notas explicativas del último año gravable de cada una de las empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio.
- Certificado expedido por cada una de las empresas que hacen parte de la unión temporal o consorcio en el que conste el cumplimiento de las políticas SARLAFT.